En Lloret de Mar, sobre todo en el casco urbano consolidado, parece que debería haber una absoluta coincidencia entre el Catastro y el Registro. Sin embargo existen diferencias que solo se ponen de manifiesto a través del Sistema de Bases Gráficas Registrales. En la imagen que os muestro (VER IMAGEN) donde ya se contemplan contrastados, a través de GeoReg, las parcelas de la Oficina Virtual del Catastro (ya podemos trabajar con ellas mediante WMS) con la finca registral, se observa una diferencia superficial evidente que tiene que ver con unos terrenos destinados a acera.
En los encintados de aceras del urbanismo moderno hay determinados espacios como el que observamos que no se sabe muy bien si son espacios públicos o prolongaciones del conjunto urbanístico privado.
En este caso, el Catastro considera todo como una sola parcela, sin embargo en el Registro solo se hallan inscritos (y en este caso coinciden al 100%) los metros incluidos en el área de la base gráfica registral teñida de oscuro.
Estos espacios, susceptibles de aprovechamiento hostelero o lúdico de importancia económica indudable, han de preservarse como dominio (ya sea público o privado) independiente fuera de toda confusión aparente y de tal circunstancia solo dará fe su debida inscripción en el Registro de la Propiedad.
En Lloret también es preciso y muy útil distinguir la parcela catastral de la finca registral allá donde son diferentes.
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