martes, 11 de enero de 2011

DUALIDAD: UNIFORMIDAD Y ESPECIALIDAD


El proyecto TEMPLE es complejo. No se trata tan solo de un programa informático sino en realidad es una forma de entender la función registral: abundando en el pasado, buscar nuevas funciones registrales para el futuro.

Somos conscientes de la necesidad de trabajar con estándares de calidad iguales y parámetros comunes en todos los Registros (por eso nuestro programa es el mismo) pero igualmente somos conscientes de que la fuerza de los más de 1300 registros actualmente existentes en España (y la de cualquier organización registral que pueda existir en el mundo), ha de radicar fundamentalmente en satisfacer las necesidades concretas de cada situación territorial local.

Lograr el equilibrio entre la uniformidad y la especialidad en el tratamiento de la información territorial es nuestro reto. Por eso cada Registro que participa en el proyecto:

1. Recibe una implantación inicial del programa común o estándar, pero sabe que la herramienta está construida sobre software libre y que por lo tanto carece de derechos de propiedad intelectual sobre el diseño y desarrollos del programa informático en si.

2. La base de datos que cada Registro vaya creando a través de la validación del Registrador si es propiedad del Registro creador, de tal modo que la misma debe residir en el Registro bajo la responsabilidad de su registrador

3. El programa es el mismo en cada Registro, pero desde el primer momento ya cuenta con una carga de información territorial asociada particular y adaptada a las circunstancias de su territorio.

4. Desde un primer momento cada Registro cuenta con un visor particular (visualizable en la página web del Registro y con contenidos específicamente diseñados para el mismo) de su distrito hipotecario.

5. Es objeto de un tratamiento individual en cuanto a las mejoras o sugerencias que pretende del programa.

6. El proceso de formación resulta igualmente particular en cada Oficina.
7. Y en el futuro los proyectos a implantar serán el resultado de los acuerdos o convenios que el propio Registro pretenda llevar a cabo con las autoridades competentes dentro de su distrito hipotecario.

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