martes, 21 de abril de 2009

LA ANÉCDOTA DE LA FINCA DE LA CARRETERA


"Que no, que yo no valido eso", me molestó bastante que el oficial me presentase a validar una cosa tan absurda. "Don Oscar que yo le aseguro que ahí existe un edificio de varias plantas". (VER IMAGEN 1) ¿Será una ortofoto antigua? No, esta imagen es relativamente actual, además, en las ortos antiguas se ve lo mismo. ¿Será que la carretera ha dejado de ser carretera para convertirse en edificio? Imposible, es una línea de paso única, no existe otro modo de acceder a la playa. ¿Será, en el colmo del descaro, que alguien esta diseñando una edificación "fantasma" con el objeto de perpetrar una gran estafa?

Todo legal, los folios que describen el edificio tienen mas de veinte años de antigüedad. Ya está, ahí había un edificio que fue expropiado y derruido para hacer la carretera, pero nadie se ha preocupado de hacer constar esa circunstancia en el Registro de la Propiedad. Tampoco es eso.

"Don Oscar, el edificio esta debajo de la carretera" "¿Cómo va a ser posible eso?, contesto". Pues efectivamente, recién llegado a la plaza aun no conocía el espectacular paraje de Mesa del Mar, y sus desniveles de mas de un 25% (VER IMAGEN 2) .

Y allá que me voy, en coche y de misión oficial, a ver si existe el dichoso edificio. Y existe, la carretera de acceso a la playa tiene tal pendiente que bajo la misma se levantó hace tiempo un edificio de varias plantas, lógicamente en disminución. La carretera hace las veces de azotea y la única forma de representar su base gráfica registral es trazando la misma sobre, precisamente, la carretera. (VER IMAGEN 3)

1 comentario:

Anónimo dijo...

"..............................................................................................
Las bases gráficas registrales son la traducción de la descripción alfanumérica de la finca, coincida o no esta con la realidad aparente del terreno."

Muy bien, pero.............................¿acaso la georreferenciación de la propiedad se deriva de un informe realizado por un profesional competente que el propietario le aporta al Notario y este lo incorpora a la escritura que se pretende inscribir, o por el contrario procede de la fotointerpretación que se hace en el Registro de la Propiedad ?.