lunes, 30 de mayo de 2011

REGSETE: ¿QUIENES SOMOS?


Un grupo de Registradores de la Propiedad españoles hemos constituido la COOPERATIVA REGISTRAL DE SERVICIOS TECNOLOGICOS (CREST,Soc.coop.) con la finalidad de investigar e innovar en materia de tecnología registral y especialmente en materia de bases gráficas registrales

La adopción de la fórmula jurídica de la cooperativa de servicios, no es casual ni caprichosa. La dicción del artículo 98 de la Ley de Cooperativas satisface nuestras pretensiones:

“DE LAS COOPERATIVAS DE SERVICIOS”

Artículo 98

1. Son cooperativas de servicios las que asocian a personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones industriales o de servicios y a profesionales o artistas que ejerzan su actividad por cuenta propia, y tienen por objeto la prestación de suministros y servicios, o la producción de bienes y la realización de operaciones encaminadas al mejoramiento económico y técnico de las actividades profesionales o de las explotaciones de sus socios.

La nuestra es una cooperativa que pretende asociar a registradores y tiene por objeto la realización de operaciones tecnológicas encaminadas a la mejora de las actividades profesionales de sus socios.

Los cooperativistas aportan dinero, conocimientos y gestión a la cooperativa para incorporar a sus propios Registros tecnología y nuevos yacimientos de funciones registrales que permitan mejorar la calidad de los servicios gráfico-registrales prestados en sus Oficinas, con el consiguiente y legítimo retorno económico profesional.

La fórmula de la Sociedad Cooperativa satisface nuestras pretensiones por una doble razón:

1.- Porque desarrollar el mandato contenido en el artículo 9.1, último de la Ley hipotecaria (incorporar a la base gráfica registral de las fincas la información urbanística, medioambiental y administrativa correspondiente), mas allá de la obligación colegial mínima de proporcionar una simple aplicación informática, implica una serie de desarrollos tecnológicos cuyo coste resulta imposible de satisfacer mediante el esfuerzo individual de ninguno de nosotros. Una sociedad cooperativa permitirá repartir entre los Registradores cooperativistas el coste de los servicios que cubran esta necesidad.

2.- Porque no pretendemos repartir ningún tipo de dividendo (la nuestra no es una sociedad capitalista), ni tampoco mostrar postura alguna de naturaleza política (no somos una asociación), tan solo racionalizar los gastos y optimizar los beneficios en materia de bases gráficas. Una sociedad cooperativa es precisamente eso, una empresa cuyo beneficio es el beneficio que sus cooperativistas obtengan en sus Registros.

sábado, 14 de mayo de 2011

DE LO QUE VOY A HABLAR


Ya he anunciado antes en este blog que el próximo día 9 de junio, tendré el placer de compartir jornada de trabajo en Granada en un congreso preparado por el colegio de topógrafos (y la verdad es que lo están preparando a lo grande).

Creo que todos los Registradores ponentes tenemos claro el papel que toca al topógrafo en el actual Sistema de Bases Gráficas Registrales. Mi compañero Joaquín Delgado ha tratado de este asunto en varias ocasiones y seguro que su exposición, sistemática y contundente como siempre, resulta muy enriquecedora para todos. Y en relación a mi otro compañero ponente, Jesus Camy, conociéndole, me temo que seguro va a descender a la realidad más práctica y probablemente aporte las pruebas definitivas que demuestren la necesaria relación que debe existir con la técnica topográfica.

Por mi parte, me adentraré en un jardín del que no sé muy bien cómo voy a salir. Expondré los nuevos proyectos en materia de bases gráficas que estamos abordando los registradores, muchos de ellos en fase puramente experimental, otros ni tan siquiera eso, se trata de proyectos teóricos.

Pero me interesa mucho averiguar el papel que el topógrafo puede desempeñar en cada uno de ellos. Me limitaré a plantear las necesidades de medición que cada proyecto plantea y preguntaré si es competencia topográfica o no realizar tales mediciones. Obviamente, medir el consumo de agua, no es tarea que deban llevar a cabo estos señores, pero ¿medir masas forestales productoras de oxigeno? ¿Las superficies afectadas por algún tipo de contaminación? ¿Las extensiones aprovechables fotovoltaicamente? ¿La materialización de aprovechamientos urbanísticos? ¿Hasta dónde se extiende la calidad superficial de una determinada finca? Creo que puede resultar interesante para algunos de los asistentes, pero sobre todo seguro que lo va a ser para mí.

lunes, 9 de mayo de 2011

GEOMATICA ha dejado un nuevo comentario en su entrada "TRATAMIENTO ANALOGICO O DIGITAL":


Si fueras un pintor hiperrelista y tuvieras que realizar un retrato lo más real posible de una persona a ¿qué fuente irías?; a la persona para que hiciera de modelo o a una fotografía suya.
De igual manera trata el topógrafo la realidad. No establece si los lindes son o no ciertos sino refleja con la mayor exactitud permitida por la técnica la situación de los mismos. Pensemos que tanto la topografía como la fotogrametría, son trabajos que parten de una georreferenciación a una red geodésica y por tanto han de asumir esos errores. En adición la fotogrametría necesita de la topografía para corregir, posicionar y rectificar la fotografía, en cuyo acto añade más errores. Necesita que todos los elementos de la misma tengan el mínimo error posible. La topografía minimiza los elementos ganando en calidad. Además el topógrafo de a pie no interpreta, sino ejecuta una observación donde se le indica.

Nos vemos

TRATAMIENTO ANALOGICO O DIGITAL


Si la ortofoto de una calle aparece desplazada respecto del parcelario urbanístico o catastral nos hallamos ante un error de representación, pero…

¿Cómo saber cual de las representaciones es la equivocada? La pregunta es importante porque implica necesariamente que el Registrador deba representar su base gráfica sobre una u otra imagen de la realidad ¿pero, sobre cuál?

Parece lógico que sea precisa una medición manual directa del terreno la que aclare las dudas surgidas. ¿Pero por que va a ser mas perfecta la medición de un topógrafo que la de un satélite?. A un lego en estos temas se le antoja que respuesta puede encontrarse en el carácter analógico o digital de la medición. El analógico, como todo lo analógico, es mas imperfecto en las consideraciones de precisión, pero más fiel a la consideración del objeto al que se está refiriendo.

El sonido de una trompeta puede ser más refinado en un dvd, pero no tan real , nunca tan real como en la realidad. Lo real es imperfecto y la medición de la imperfección ofrece un producto más fiel a la realidad representada que las mediciones digitales que realmente no miden la realidad directamente, no generan música directa sino que lo hacen de manera indirecta, reproducen las medidas que otros previamente les han configurado.

Los procesos de medición digitales no miden directamente el territorio sino una imagen digital del mismo. Los procesos de medición manuales o analógicos utilizan la imagen visual del ser humano para medir. Puede ser errónea pero resulta más fiel.

La maquina puede analizar sus propias imperfecciones y corregirlas, distorsionar la distorsión para conseguir aparentar representaciones perfectas.

Pero cuanta más intermediación exista entre el objeto a medir y el sujeto receptor de esa medición, es lógico pensar que exista mayor riesgo a que la representación llegue a distorsionar el objeto original.

jueves, 5 de mayo de 2011

INFORMACION ADJUNTA DEL LIBRO DEL EDIFICIO

La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en su artículo 7 establece el derecho de los usuarios finales de cualquier edificación a gozar de la información contenida en el “Libro del Edificio”.

Por su parte, el artículo 25 de la ley 18/2007 de 28 de diciembre del Derecho a la Vivienda en Cataluña establece:

6. Los registradores pueden expedir, en papel o en soporte informático, a petición de los interesados que acrediten un interés legítimo, certificados de los libros del edificio que tengan en el archivo, de acuerdo con lo establecido por la legislación hipotecaria.

Sin embargo el libro del edificio, cuando realmente contiene las disposiciones que la ley obliga a referir (lo cual no siempre ocurre) contiene tal cumulo de datos, que su expedición global resulta muy poco útil, por confusa, al usuario final.

En el Registro de la Propiedad de Lloret de Mar nº1 la información relativa al libro del edificio se individualiza para cada unidad constructiva que lo constituye. De modo que el comprador de una vivienda puede obtener, junto a la nota simple informativa, la base gráfica registral del inmueble y la información territorial, en nuestro caso de naturaleza urbanística, un tipo de información adjunta a la base registral que consiste en lo siguiente:

Planos individualizados para cada vivienda o para local de:

Instalación de saneamiento y ventilación

Fontanería y energía solar

Electricidad y contra incendios

Instalación de telecomunicaciones

Instalación de climatización

Esta planimetría (VER FICHERO, VER FICHERO 2) se ofrece acompañada del texto del libro del edificio, y de las memorias ejecutivas constructivas correspondientes.

Con esta información, los consumidores pueden conocer a ciencia cierta cuál es la situación exacta de conducciones, instalaciones y calidades del inmueble que es o va a ser de su propiedad.