Son varios los elementos necesarios para la
configuración de un modelo de generación de riqueza ambiental concreta y real.
Uno de ellos es, sin duda, el diseño de una estructura jurídica capaz de dar
respuesta a todas las actuaciones que este proyecto pueda dar a lugar. Hay que
generar un entramado técnico jurídico adecuado para permitir la circulación de
un nuevo modelo de crédito territorial. Para ello es preciso definir con
claridad:
Un contenido que sirviese de objeto de “circulación” (la circulación
entendida no solo como transferencia, sino también como generación, paso o
consumo de energías o cualidades ambientales). La eficiencia energética sería
el contenido genérico que habría de ser descompuesto en sus diferentes
manifestaciones.
Una forma documental “ad hoc” que sirviese de soporte al contenido
anterior. Se trata de tomar el actual concepto de Libro del edificio y hacerlo
evolucionar hasta abarcar no solo las condiciones técnicas de la edificación sino todas las
posibles consideraciones energéticas y ambientales relativas al mismo.
Un cauce procedimental que facilite el discurso ordenado de la
circulación del contenido del que venimos hablando:
Apreciaciones y revisiones del objeto o contenido energético o ambiental
del que venimos tratando a través de la figura de las Inspecciones Técnicas de
los Edificios (ITES).
Transformación de ese contenido energético-ambiental en un elemento
apropiable por parte del ser humano. Estamos hablando de los requisitos formales
precisos para dejar bien sentada la existencia de derechos reales de
aprovechamiento ambiental en todas sus modalidades.
Establecimiento
de las condiciones precisas para su fácil disposición (los llamados mercados
ambientales o territoriales cuyo máximo exponente en la actualidad es el
mercado de emisiones de CO2.
Medidas de control en la aplicación de las reglas que regulan dicho
procedimiento ya que sin poder controlar la realidad de las mediciones de
producción, paso o consumo, cuestión de la que se ocupan técnicos competentes
en cada materia y sin la seguridad jurídica necesaria que todo mercado precisa,
cometido este propio de la institución registral, nunca el proyecto al que nos
estamos refiriendo tendrá posibilidad de progresar y salir a la luz.
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