lunes, 5 de noviembre de 2012

POR DÓNDE TRAZAR EL LINDERO Y DE QUÉ COLOR



Este  caso es especialmente interesante porque pone de manifiesto  una de las dudas que más frecuentemente aparece a la hora de configurar la base gráfica de una finca registral. Este es el supuesto  

Nos referimos a la base gráfica que se corresponde con la parcela catastral situada justo en medio de la foto. Tres de los cuatro linderos catastrales son aceptables como linderos de la base gráfica registral correspondiente, pero el cuarto lindero, el del fondo de la finca, el que está situado en la parte derecha de la orto, ese lindero ofrece problemas. ¿Cuál es el lindero de la finca: la línea catastral o la línea aparente del territorio (que abarca una franja de terreno añadida sobre el lindero catastral)? La respuesta la da la descripción contenida en el folio registral, más en concreto, la superficie inscrita.
Esta nos indica que la línea ha de ponerse sobre el lindero aparente de la ortofoto porque lo que aparece registralmente inscrito es una entidad superficial no coincidente con el catastro sino con la apariencia de lindero sobre el territorio. Sin embargo esa línea es en principio inconsistente porque deducimos que el lindero es el señalado por superficie, pero la superficie no nos indica si el lindero es rectilíneo, sesgado o en terminación triangular: ese lindero es por lo tanto inconsistente y la base gráfica queda en estado provisional, es decir, de color rojo. PERO NO ES ASI
Y no es así por el lindero catastral de la finca situada en la parte superior de la ortofoto. Ese lindero si abarca, a diferencia del que ahora analizamos, la franja de terreno objeto de discusión e indica claramente (para los que conocemos la realidad de la zona que, gracias a Dios somos los que tenemos que trabajar con ella) que inicialmente las propiedades tenían una cabida que incluía en su fondo una  superficie profundamente desnivelada, el cauce ya de una riera. Los propietarios han ido despreciando esta superficie inútil y han tapiado por donde todavía la parcela es llana (con el grave problema de limpieza por abandono que ello supone), algunos han ido al catastro a modificar el limite aparente otros aun no lo han hecho, pero en cualquier caso no existe asiento registral alguno que permita minorar la superficie inscrita y por lo tanto, póngase la tapia donde se ponga, la configuración de la finca es la misma que se tenía desde un principio y como tal ha de ser representada: definitivamente validada.


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